• Las Universidades públicas, sus centros, y sus institutos universitarios, siempre que éstos tengan personalidad jurídica propia.
• Los Organismos Públicos de Investigación reconocidos.
• Centros privados de investigación y desarrollo universitarios: las universidades privadas, o sus centros universitarios privados siempre que tengan personalidad jurídica propia.
• Otros Centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro
• En el caso de los centros del ámbito del Sistema Nacional de Salud que gestionan sus actividades de investigación mediante fundación de derecho privado, u otras entidades de derecho público o privado, dichos centros podrán solicitar las ayudas a través de estas entidades.
Los solicitantes deberán elaborar un Plan de Actuación Estratégica (PAE), que podrá contener las siguientes actividades:
• La creación o reforzamiento de estructuras de apoyo dentro de las Universidades y los CI, como Oficinas de Proyectos europeos (OPE), delegaciones, u otras.
• Promover la formación y cualificación de gestores de proyectos internacionales.
• Aumentar la calidad de la I+D en el marco de los objetivos de participación en el Séptimo Programa Marco de I+D+I.
• Involucrar y dar soporte en la presentación de propuestas a los grupos de investigación de los solicitantes con capacidad de participación en el Séptimo Programa Marco de I+D+I.
• Realizar campañas, programas y planes de promoción y difusión.
• Introducir mejoras en los sistemas de gestión de los proyectos.
• Promover nuevas formas de organización de la I+D para asegurar una mayor participación.
• Promover la colaboración con otras entidades nacionales e internacionales en el marco del Séptimo Programa Marco de I+D+I.
• Reforzar los procesos de información.
• Asistir a los investigadores en la gestión de los proyectos.
• Facilitar a los investigadores información y ayuda para la participación en programas internacionales.
• Otras actuaciones que contribuyan a la consecución de los objetivos
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