El Gobierno aprueba la celebración en 2007 del 'Año de la Ciencia'

Lunes, 15 Enero, 2007

Hasta el momento, el organismo encargado de dar las deducciones era la Dirección General de Desarrollo Industrial y a partir de ahora también podrán otorgarlas el Centro para el Desarrollo tecnológico Industrial (CDTI), el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

El objetivo del 'Año de la Ciencia' es "concienciar a toda la sociedad y muy especialmente a los jóvenes de la importancia de apoyar y participar en los avances de cualquier rama de la ciencia y la tecnología", según la vicepresidenta primera del Gobierno.

"La economía española crece y avanza, pero es necesario que para que siga haciéndolo mejore nuestra competitividad y nuestra productividad, y para ello es esencial dar un impulso a la innovación y a la formación, que apoyemos a nuestros científicos y a nuestros investigadores", explicó Fernández de la Vega.

El 'Año de la Ciencia' será el marco para el desarrollo conjunto de iniciativas y actividades orientadas a transmitir a la sociedad que la ciencia, en todos sus aspectos, constituye un componente esencial e imprescindible en nuestra vida cotidiana y que el Gobierno y todos los poderes públicos tienen un compromiso y una obligación en promover cuantos avances científicos y tecnológicos contribuyan a satisfacer el bienestar y las necesidades de los ciudadanos.

En cuanto a las deducciones fiscales en I+D+I, la Oficina Española de Patentes y Marcas colaborará en la realización de una parte de los informes técnicos que se realicen por las entidades acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), siempre que se trate de proyectos de investigación y desarrollo e innovación tecnológica que hayan dado lugar a una patente o modelo de utilidad o sobre los que se haya obtenido un Informe Tecnológico de Patentes de dicha Oficina.

De acuerdo con la normativa vigente, las empresas, cuando solicitan a los órganos administrativos competentes la emisión de un informe motivado, deben acompañar en su solicitud un informe técnico realizado por una entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), en el que se califiquen las actividades y se identifiquen los gastos e inversiones asociadas a I+D+i. Sin embargo, con la nueva regulación que se propone en este Real Decreto, cuando los informes motivados corresponda realizarlos al CDTI, se exime al solicitante del requisito de presentar ese informe técnico, puesto que dicho Organismo cuenta con personal cualificado para realizarlo.