La producción de pescado de acuicultura en el Archipiélago alcanzó 6.144 toneladas el pasado año

Miércoles, 17 Abril, 2013

La producción de las especies de acuicultura en Canarias fue en 2012 de 6.144, 63 toneladas, correspondientes en su mayoría a dorada y lubina, las especies con mayor peso en el Archipiélago, según indicó hoy en el Parlamento el consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias, Juan Ramón Hernández.

En respuesta a una pregunta parlamentaria, el titular del Departamento explicó que existen siete especies -dorada, lubina, lenguado, patudo, rabil, medregal y pulpo- autorizadas para su cultivo en la Islas, aunque según indicó sólo se cultivan las tres primeras debido a la escasa disponibilidad de alevines de las otras especies en el mercado europeo.

El responsable del Área anunció durante su intervención que se encuentra pendiente del pronunciamiento de la consejería competente en materia de Medio Ambiente, sobre la necesidad de someter a evaluación de impacto ambiental, el proyecto de cultivo de atún rojo.

Asimismo, no se está produciendo por desistimiento de los interesados o al no haberse presentado la documentación legalmente exigida, el cultivo de jurel, bocinegro, almeja canaria, y corvina, aclaró el consejero.

En relación a esta especie, Hernández señaló que la Viceconsejería de Pesca y Aguas está preparando un estudio para realizar una experiencia piloto sobre la corvina en las islas orientales, especie que sí cuenta con alevines y que debido a su rápido crecimiento tiene posibilidades de transformación, lo que implica un mayor valor añadido a la acuicultura del Archipiélago.

A finales de 2012, el Centro de Biodiversidad y Gestión Ambiental de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria elaboró a petición de la Viceconsejería de Pesca y Aguas el Informe Técnico sobre la viabilidad del cultivo de Corvina-Argyrosomus regius- en las costas Canarias, a raíz del cual la Viceconsejería de Medio Ambiente informó que el cultivo de esta especie sólo podría llevarse a cabo en jaulas oceánicas si se demuestra que, en caso de liberación o escape de individuos, esto no tendría un impacto significativo en los ecosistemas de Canarias, y siempre que se elimine la posibilidad de escapes que permitan la formación de poblaciones asilvestradas.

La Ley 17/2003 de 10 de abril, de Pesca de Canarias, establece que el Gobierno de Canarias, determinará las especies que pueden ser objeto de explotación acuícola con fines comerciales, de investigación o de preservación del medio.

Asimismo establece que podrá autorizar, a propuesta de la consejería competente en materia de pesca y previo informe de las consejerías competentes en materia de Medio Ambiente y Sanidad, la introducción de especies foráneas siempre que no entrañen riesgos para la sanidad o el medio ambiente.